En la República del Perú existen seis sistemas de contratación contempladas en el articulo 35 de la Ley de Contrataciones del Estado vigente.
Los esquemas 1 y 2 han sido elaborados con base en: Ministerio de economía y finanzas; 2018; Ley de Contrataciones del Estado; Reglamento de la Ley N° 30225; Artículo 35: Sistemas de contratación; Página 8.
La aplicación de cada sistema de contratación depende de las características y naturaleza propia del objeto a contratar, por ejemplo en el sector de la construcción el sistema de contratación suma alzada tiende a tener mayor uso en edificaciones y la contratación por precios unitarios se utiliza principalmente en obras relacionadas a vías y movimientos de tierra.
Sistema de contratación: suma alzada
Sistema utilizado generalmente en obras de edificación, consiste en ofertar un monto fijo integral que al presentar desviaciones por cantidad o precio el oferente deberá asumir la diferencia omitiendo valorizaciones por mayores metrados con un plazo de ejecución determinado, el monto debe considerar aquellos trabajos que resulten necesarios para la ejecución de la obra.
Esquema 3 elaborado con base en: Ministerio de economía y finanzas; 2018; Ley de Contrataciones del Estado; Reglamento de la Ley N° 30225; Artículo 35: Sistemas de contratación; Numeral a) Suma alzada; Página 8.
Sistema de contratación: precios unitarios
La característica fundamental del sistema de contratación por precios unitarios consiste en el reconocimiento de mayores o menores metrados durante la ejecución, es decir que el monto valorizado corresponderá al ejecutado real durante un plazo determinado. Las contrataciones por precios unitarios se utilizan generalmente en la construcción de vías y el oferente propondrá su oferta con cantidades referenciales.
Esquema 4 elaborado con base en: Ministerio de economía y finanzas; 2018; Ley de Contrataciones del Estado; Reglamento de la Ley N° 30225; Artículo 35: Sistemas de contratación; Numeral b) Precios unitarios; Página 8.
Sistema de contratación: esquema mixto
Esquema 5 elaborado con base en: Ministerio de economía y finanzas; 2018; Ley de Contrataciones del Estado; Reglamento de la Ley N° 30225; Artículo 35: Sistemas de contratación; Numeral c) Esquema mixto; Página 8.
Sistema de contratación: tarifas
Esquema 6 elaborado con base en: Ministerio de economía y finanzas; 2018; Ley de Contrataciones del Estado; Reglamento de la Ley N° 30225; Artículo 35: Sistemas de contratación; Numeral d) Tarifas; Página 9
Sistema de contratación: en base a porcentajes
Esquema 7 elaborado con base en: Ministerio de economía y finanzas; 2018; Ley de Contrataciones del Estado; Reglamento de la Ley N° 30225; Artículo 35: Sistemas de contratación; Numeral e) En base a porcentajes; Página 9
Sistema de contratación: honorario fijo y comisión de éxito
Esquema 8 elaborado con base en: Ministerio de economía y finanzas; 2018; Ley de Contrataciones del Estado; Reglamento de la Ley N° 30225; Artículo 35: Sistemas de contratación; Numeral f) Honorario fijo y comisión de éxito; Página 9.
ImportanteLas prestaciones adicionales de obra dadas en los sistemas de contratación tienen algunas restricciones que estan sujetas principalmente al porcentaje que respresentan respecto al presupuesto. Te invito a leer mi próximo artículo donde te mencionare las limitaciones de las prestaciones de obra ya sean por mayores metrados o trabajos complementarios.
Gracias por tu tiempo,
Lisbeth Téllez
Ingeniera Civil Engineer
¿CÓMO CITAR ESTE ARTÍCULO?:
Téllez, L. (Fecha de consulta: día de mes de año). Sistemas de contratación. Lisbeth Téllez Ingeniera Civil. https://www.ingenieralisbethtellez.com/sistemas-de-contratacion-peru/